Reseña normativa – Semana del 7 al 13 de Noviembre 2020

Lo más Relevante de la Semana

ATP. Se modifican los requisitos para acceder al salario complementario de octubre, respecto al Sector Salud.

AFIP. Se reglamenta el beneficio para los contribuyentes “cumplidores” según ley de emergencia.

Las noticias en detalle

Aislamiento Obligatorio

Fuente: DNU 875/2020 (B.O. 07/11/2020). Decisión Administrativa JGM 2028/2020 (B.O. 09/11/2020). Decisión Administrativa JGM 2053/2020 (B.O. 13/11/2020). Decisión Administrativa JGM 2037/2020 (B.O. 13/11/2020). Decisión Administrativa JGM 2045/2020 (B.O. 13/11/2020). Decisión Administrativa JGM 2054/2020 (B.O. 13/11/2020).

El área metropolitana de Buenos Aires, junto con otras zonas del país afectadas, comienza la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), después de 33 semanas en fase de aislamiento, lo que permite una mayor apertura de la actividad económica.

Se exceptúa a la actividad hípica en Mendoza y La Pampa, y se permiten reuniones familiares en la primer provincia. También deportes grupales en Neuquén, Santa Fé, La Rioja y CABA. Para esta última, se suman actividades relacionadas con la cultura.

Procedimientos Administrativos – Suspensión de Plazos

Fuente: Decreto 876/2020 (B.O. 07/11/2020

Se prorroga la suspensión del curso de los plazos, dentro de los procedimientos administrativos, desde el 9 hasta el 29 de noviembre de 2020, inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan, dejándose expresado que los mismos se reanudarán a partir del 30 del mismo mes. Se exceptúan los trámites dentro de la emergencia de la Ley 27.541 y los del Régimen de Contrataciones.

ATP – Créditos a Tasa Subsidiada

Fuente: Resolución General AFIP 4853 (B.O. 09/11/2020)

Los sujetos que se encuentren en condiciones de obtener el crédito a tasa subsidiada dentro del Programa ATP para los salarios de octubre, serán caracterizados en el “Sistema Registral” según la tasa de interés a la que accedan. A los efectos de acceder al aludido beneficio, los mencionados sujetos deberán reingresar al citado servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.

ATP – Contribuciones Patronales

Fuente: Resolución General AFIP 4854 (B.O. 09/11/2020)

Los empleadores que resulten alcanzados por el beneficio de reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales correspondientes al período devengado octubre de 2020, serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”

Los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades publicado en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar), catalogadas como no críticas o pertenecientes al sector salud, que cumplan con los parámetros establecidos, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales del período devengado octubre de 2020.

En la misma medida se prorrogan los vencimientos de las declaraciones juradas por aportes y contribuciones para el período de referencia.

ATP – Tope máximo para salarios subsidiados

Fuente: Decisión Administrativa JGM 2025/2020 (B.O. 10/11/2020)

Mediante Acta N° 24 se propone cambiar el tope máximo de montos a subsidiar por trabajador, pasando de $20.000 al equivalente al 120% del Salario Mínimo Vital y Móvil.

ATP – Sector Salud

Fuente: Decisión Administrativa JGM 2025/2020 (B.O. 10/11/2020)

Se modifican los términos del Acta N° 23, relativos a los beneficios del Programa ATP destinados al sector salud para el mes de Octubre. Se permite que accedan al beneficio del salario complementario aquellas empresas que verifiquen
una variación de facturación interanual positiva de hasta el 35%, entre otros cambios.

Contribuyentes Cumplidores – Ley 27.541

Fuente: Resolución General AFIP 4855 (B.O. 10/11/2020)

A fin de acceder a los beneficios establecidos por el artículo sin número incorporado a continuación del artículo 17 de la Ley N° 27.541 y su modificación, los sujetos que revistan la condición de “cumplidores” deberán observar los requisitos, las condiciones y el procedimiento que se establecen en la norma.

BCRA – Financiamiento PyMES

Fuente: Circular “A” BCRA 7160 (12/11/2020)

El BCRA emitió una circular en la cuál comunica a las entidades financieras ciertas adecuaciones sobre el cumplimiento de requisitos en el otorgamiento de líneas de financiamiento a PyMES.

BCRA – Publicidad

Fuente: Circular “A” BCRA 7162 (12/11/2020)

Se comunica a los sujetos regulados por el BCRA que, respecto a sus publicidades en medios de comunicación gráficos o digitales, deberán evitar prácticas o acciones que reflejen o promuevan visiones estereotipadas y jerarquizantes de los géneros.

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